La presión desde Europa por reducir las emisiones contaminantes en las ciudades ha llevado al Ayuntamiento de Madrid a poner en marcha una gran Área de Prioridad Residencial (APR) en el centro de Madrid. A partir del 30 de noviembre no podrán circular por ‘Madrid Central’ los no residentes con vehículos sin etiqueta medioambiental de forma permanente.
En total son 472 hectáreas que agrupan las cuatro APR actuales (barrios de las Letras, Embajadores, Cortes y Ópera y se amplían a un perímetro delimitado por las calles Alberto Aguilera, Glorieta de Ruíz Jiménez, Carranza, Glorieta de Bilbao, Sagasta, Plaza de Alonso Martínez, Génova, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Plaza de Cánovas del Castillo, Paseo del Prado, Plaza del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, Glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, Calle Bailén, Plaza de España (lateral continuación de la Cuesta de San Vicente), Calle Princesa y Calle Serrano Jover.
Se trata de la primera medida del Plan A de Calidad del Aire y Cambio Climático que va a poner en marcha el consistorio y que tiene como objetivo dar protagonismo al peatón, la bicicleta y el transporte público. Madrid Central funciona de forma permanente, independientemente de que se activen los protocolos por contaminación. ¿Qué pasa con las personas que utilizan el coche a diario?
¿Quién podrá circular por Madrid Central?
La principal novedad es que los vehículos (coches, motos, comerciales, industriales…) sin etiqueta de la DGT, es decir, que no dispongan de los distintivos CERO, ECO, C o B, no podrán acceder a esta nueva zona de Madrid Central cuando no estén registrados como vehículos de personas residentes o como titulares de un parking privado.
Sólo se permite la libre circulación de vehículos con etiqueta CERO y ECO, pero como en toda norma hay excepciones:
– Los no residentes con etiqueta C o B podrán acceder siempre que aparquen en un parking público o de uso privado.
– Los no residentes con invitación de parte de un empadronado de la zona podrán entrar en Madrid Central y aparcar en la zona SER (máximo 2 horas) incluso sin tener etiqueta. A partir de 2020 estos vehículos invitados sin etiqueta no podrán acceder. Los empadronados podrán dar 20 invitaciones al mes.
– Los vehículos de carsharing podrán acceder si están etiquetados por la DGT pero sólo podrán aparcar en la zona SER si son CERO o ECO, de lo contrario sólo podrán acceder si van a utilizar un parking durante su estancia.
– Las motocicletas, ciclomotores y vehículos de tres ruedas de personas no empadronadas en Madrid Central sólo podrán acceder y estacionar si tienen etiqueta C o B durante un horario concreto (de 7h a 22h). Fuera de ese horario sólo podrán acceder si aparcan en un parking, garaje particular o reserva de estacionamiento no dotacional.
– Las personas con movilidad reducida podrán acceder con cualquier vehículo independientemente de si lleva o no etiqueta.
También hay otras excepciones para el transporte público, taxis y vehículos turísticos VTC, vehículos de empresas y profesionales de servicios y suministro, de servicios públicos esenciales, de actividades y establecimientos ubicados en la zona o para padres que tengan que llevar o recoger a los niños del colegio, entre otras.
¿Y cómo se van a gestionar los accesos y todas las excepciones que hay recogidas en la nueva normativa sobre esta Zona de Bajas Emisiones?
Diariamente tantos residentes que haya dado invitaciones como titulares de parking privados o públicos tendrán que informar al Ayuntamiento de Madrid de los números de matrículas a las que han dado servicio. Será la única manera de evitar que el consistorio tramite la multa
El control de acceso a Madrid Central
El perímetro que forma la nueva gran APR de Madrid Central está claramente delimitado gracias a dos líneas rojas pintadas en el suelo reconocibles en todas las entradas y salidas, que son unas 100 y señalización vertical. Además, se han instalado más de 100 cámaras que registrarán las matrículas y habrá agentes también controlando dichos accesos para evitar problemas, ya que, aunque el 85% son calles pequeñas, hay alguna vía más ancha que puede ocasionar accesos involuntarios.
Durante los dos primeros meses de funcionamiento de este control de acceso el Ayuntamiento no va a poner ninguna multa, pero sí enviará una carta informativa para ir tomando conciencia de la nueva normativa. A partir de febrero la multa podría estar en torno a los 90 euros que es la misma sanción que se impone por aparcar de forma irregular en la zona SER de aparcamiento regulado en superficie, aunque esta multa está aún sin confirmar.
